
TEMA 3.- Deporte inclusivo y su contexto normativo
Pequeña reflexión...
Este tema personalmente me pareció un poco más aburrido, no obstante, creo que es necesario conocer las diferentes leyes, federaciones etc. Quizás si hubiésemos realizado algún tipo de juego o dinámica se nos hubiese hecho un poco mas ameno, pero como ya digo, la profesora lo explico super bien, con todo detalle, quedando el contenido muy claro.
APROXIMACIÓN TERMINOLÓGICA
Comenzamos la clase realizando un aproximación a diferentes términos importantes, que debemos de conocer y saber diferenciar, de este modo algunos de los que se nos expusieron fueron:
Deporte paralímpico = este término une dos palabras en una sola, deporte y discapacidad son entendidas como una sola. De este modo es coherente usar este término para personas con discapacidad que practican deporte.
Deporte inclusivo = término tanto para deportes con o sin discapacidad, deporte diseñado para la práctica conjunta de personas con y sin discapacidad. Cada vez está adquiriendo mayor importancia. Se está reflejando por tanto en el deporte, un derecho de todos los ciudadanos, IGUALDAD.

Partido de Goalball en los Juegos Olímpicos de Rio de Janeiro 2016.
Tipos de práctica deportiva
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Deporte adaptado = El deporte adaptado es la disciplina deportiva cuyas reglas han sido adaptadas para que pueda ser practicado por personas que tengan una discapacidad física, visual e intelectual.
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Deporte inclusivo = deporte diseñado para la práctica conjunta de personas con y sin discapacidad
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Deporte paralímpico = deportes que practica aquellas personas que realizan deporte paralímpicos
Adjunto un documento donde explica con un poco más de detalle el deporte adaptado, además de contextualizarlo todo y exponer diferentes modalidades deportivas
MARCO NORMATIVO
Para terminar la clase vimos las diferentes leyes que rigen el deporte para personas con discapacidad en España, tanto a nivel estatal como Andaluz.
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Nivel estatal
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Ley 10/1990, del 15 de Octubre, del deporte. Norma rectora del deporte en España
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Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte
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Ley Orgánica 3/2013, de 20 de junio, de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje en la actividad deportiva.
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Nivel Andaluz
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Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía
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FEDERACIONES
En cuanto a las federaciones vimos que existían dos tipos
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Federaciones propias = federaciones exclusivas para deportistas con discapacidad. Existen 5, que también las vimos en clase
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Integración en las propias federaciones
Posteriormente vimos que para poder participar en unos juegos paralímpicos debemos poseer antes que nada una discapacidad intelectual, física o visual, sin embargo, las personas con discapacidad auditiva tendrán sus propias competiciones
Además sabemos que los participantes se agrupan por clases deportivas, de este modo, no todas las personas con discapacidad podrán realizar todos los deportes... DEPORTISTA ELEGIBLE
Un comite evaluador será el encargado de realizar 4 preguntas:
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¿Tiene el deportista una deficiencia elegible para el deporte en cuestión?
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¿Cumple dicha deficiencia el Criterio de deficiencia mínima para ese deporte?
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¿Qué clase deportiva encaja mejor con la limitación en la actividad que presenta el deportista?
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¿Qué estatus le corresponde al deportista tras finalizar el proceso de clasificación?
Cada deporte posee un sistema diferente de clasificación, al igual, que un criterio de exigencia mínima.
ALGUNOS ERRORES QUE NO DEBEMOS COMETER...
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Llamara a una persona discapacitada, es una persona con discapacidad, que es muy diferente.
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De igual modo sería Paralímpico, no "Paraolímpico" o "Parolimpico"
Al final no todos somos iguales y no por eso debemos discriminar a nadie ni tomarlo menor que nosotros